“We are just an advanced breed of monkeys on a minor planet of a very average star. But we can understand the Universe. That makes us something very special.”
Stephen Hawking
Me gusto mucho la forma en cómo esquematizo los conceptos más importantes del pago por compensación. Aquí podemos ver que esta figura jurídica tiene su importancia en cuanto es una garantía para ambas partes de que por encontrarse en una posición de acreedor y deudor antes dos obligaciones reciprocas, se va primero a facilitar la finalización de las obligaciones y segundo se garantizan el cumplimiento de la obligación.
Compañero: me permito agregar a su presentación los casos en que no es posible realizar una compensación aunque se cumpla con los requisitos para operar -mismos que están estipulados en el Art. 808 del Código Civil. 1. Cuando se ha renunciado de antemano a éste derecho. 2. Cuando la deuda consiste en cosa de la cual el propietario ha sido despojado injustamente. 3. Cuando la cosa tuviere por objeto cosa depositada. 4. Cuando la deuda es de cosas inembargables. 5. Cuando perjudique derechos adquiridos de antemano.
De igual forma concuerdo con la compañera Laura sobre la originalidad de sus esquemas. Saludos!
Hola Fabián: Muy sintetizada y clara su presentación, además de que los esquemas están muy claros, sólo le sugeriría agregar las funciones del pago por compensación que son las siguientes:
a) Facilitadora: al convertirlo como suele decirse en una supresión de dos pagos en vez de un doble pago abreviado, ya que con esta no corre el riesgo de pagar y no ser pagado. O riesgo injusto cuando desde antes se le debía lo mismo que el paga.
b) Garantía: La función de garantía en un aseguramiento jurídico que lleve a su vez una conducta a su favor y la del otro sujeto.
Compañero quisiera aunar a tu aporte los efectos de la compensación legal: -Produce la extinción de los créditos en forma total si la cuantía de los créditos es igual. -Si los créditos fueren de monto diverso el deudor de la deuda mayor tendrá que pagar la diferencia
Todos los comentarios que le han hecho sus compañeros(as) son muy importantes. Tengalos siempre en cuenta. La presentación está muy bien. Veo que tiene habilidad para organizar la información en forma gráfica, debería explotarlo más en las diapositivas, ya que le da mucha mejor apariencia a su trabajo.
Fabián:
ReplyDeleteMe gusto mucho la forma en cómo esquematizo los conceptos más importantes del pago por compensación. Aquí podemos ver que esta figura jurídica tiene su importancia en cuanto es una garantía para ambas partes de que por encontrarse en una posición de acreedor y deudor antes dos obligaciones reciprocas, se va primero a facilitar la finalización de las obligaciones y segundo se garantizan el cumplimiento de la obligación.
Compañero: me permito agregar a su presentación los casos en que no es posible realizar una compensación aunque se cumpla con los requisitos para operar -mismos que están estipulados en el Art. 808 del Código Civil.
ReplyDelete1. Cuando se ha renunciado de antemano a éste derecho.
2. Cuando la deuda consiste en cosa de la cual el propietario ha sido despojado injustamente.
3. Cuando la cosa tuviere por objeto cosa depositada.
4. Cuando la deuda es de cosas inembargables.
5. Cuando perjudique derechos adquiridos de antemano.
De igual forma concuerdo con la compañera Laura sobre la originalidad de sus esquemas. Saludos!
Hola Fabián:
ReplyDeleteMuy sintetizada y clara su presentación, además de que los esquemas están muy claros, sólo le sugeriría agregar las funciones del pago por compensación que son las siguientes:
a) Facilitadora: al convertirlo como suele decirse en una supresión de dos pagos en vez de un doble pago abreviado, ya que con esta no corre el riesgo de pagar y no ser pagado. O riesgo injusto cuando desde antes se le debía lo mismo que el paga.
b) Garantía: La función de garantía en un aseguramiento jurídico que lleve a su vez una conducta a su favor y la del otro sujeto.
Saludos!
Laura Elizondo
Compañero quisiera aunar a tu aporte los efectos de la compensación legal:
ReplyDelete-Produce la extinción de los créditos en forma total si la cuantía de los créditos es igual.
-Si los créditos fueren de monto diverso el deudor de la deuda mayor tendrá que pagar la diferencia
Fabian
ReplyDeleteTodos los comentarios que le han hecho sus compañeros(as) son muy importantes. Tengalos siempre en cuenta. La presentación está muy bien. Veo que tiene habilidad para organizar la información en forma gráfica, debería explotarlo más en las diapositivas, ya que le da mucha mejor apariencia a su trabajo.
Ian.